Estancias

 

  • Las estancias serán, como mínimo, de seis meses en cada una de las instituciones firmantes del convenio. Podrán realizarse en un período o en varios.
  • No podrán tenerse en cuenta las estancias realizadas con anterioridad a la autorización de la cotutela por el Comité de Dirección de la EDUCM.
  • Si se solicita simultaneamente la Mención "Doctorado Internacional" deben realizarse estancias en instituciones diferentes a las instituciones firmantes del convenio de cotutela, siempre que concurran las circunstancias expresadas en el artículo 51 de esta normativa.
  • Los directores de la tesis en cada una de las universidades, certificarán las estancias realizadas en la universidad respectiva.