Permanencia
El RD 576/2023, de 4 de julio (BOE 18-07-2023) modifica la permanencia establecida en el RD 99/2011, de 28 de enero. para los doctorandos admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive):
- A tiempo completo:
- Para doctorandos y doctorandas admitidos antes del curso 2023-24 la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, a contar desde su admisión en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral
- Para doctorandos y doctorandas admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive) la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de cuatro años, a contar desde su admisión en el programa hasta el depósito de la Tesis Doctoral.
- A tiempo parcial:
- Para doctorandos y doctorandas admitidos antes del curso 2023-24 la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de cinco años, a contar desde su admisión en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral
- Para doctorandos y doctorandas admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive) la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de siete años, a contar desde su admisión en el programa hasta el depósito de la Tesis Doctoral.
Si estando próximo el plazo establecido no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión responsable del programa podrá autorizar a petición del estudiante una prórroga cuya duración depende de la modalidad de estudios y de la fecha de admisión al programa:
Estudiantes admitidos antes del curso 2023-24:
- En el caso de los estudios a tiempo completo, una prórroga de un año, y una prórroga extraordinaria de un año más
- En el caso de estudios a tiempo parcial, una prórroga dos años más, y una prórroga extraordinaria de un año más.
Estudiantes admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive)
- Para cada una de las modalidades de estudios, a tiempo completo o a tiempo parcial, la Comisión responsable del programa podrá autorizar una única prórroga excepcional de un año.
Estudiantes con discapacidad admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive):
- Para doctorandos y doctorandas admitidos a partir del curso 2023-24 que sean personas
con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de seis años a tiempo completo y de nueve años a tiempo parcial (más una prórroga extraordinaria de un año en ambas modalidades).
Pautas a tener en cuenta para el cómputo de permanencia
Prórrogas
- Los doctorandos matriculados en el tercer año a tiempo completo (TC) y en el quinto año a tiempo parcial (TP) que no tengan previsto depositar la tesis doctoral antes de la fecha de finalización de su permanencia, deberán solicitar una prórroga a la Comisión Académica del programa.
- En el caso de que la tesis doctoral no se deposite durante la primera prórroga, los doctorandos podrán solicitar una prórroga extraordinaria de un curso más a la Comisión Académica del programa.
- Las prórrogas se podrán solicitar en los cuatro meses anteriores a la finalización de la permanencia, preferiblemente antes de la renovación de la tutela académica (periodo de matrícula) del curso académico que corresponda.
Baja temporal por motivos particulares
- La baja temporal por motivos particulares (un curso académico) se podrá solicitar a la Comisión Académica del programa siempre que se haya obtenido evaluación positiva en el primer curso académico.
- La solicitud se realizará durante el plazo de matrícula y, excepcionalmente, hasta el 30 de noviembre del curso para el que se solicite (implicará la anulación de la matrícula si ya se hubiera realizado). Su duración será de un curso académico a contar desde el 15 de octubre.
- La baja temporal por motivos particulares no podrá solicitarse durante el curso académico que corresponda a la prórroga extraordinaria.
Cambios de dedicación
- El cambio de una a otra modalidad de dedicación sólo se podrá efectuar anualmente, por curso académico, y siempre previamente a la renovación de la tutela académica del curso correspondiente (periodo de matriculación).
- En todo caso, no podrá solicitarse el cambio de dedicación una vez transcurrido el plazo de renovación de tutela académica (periodo de matriculación) del tercer curso a tiempo completo, y del quinto curso a tiempo parcial.
- El cambio de dedicación no se podrá solicitar durante las prórrogas.