Prórrogas

El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece una limitación temporal para la realización de los estudios de doctorado.  

Para realizar los estudios de doctorado, los estudiantes tienen la posibilidad de optar por una dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial, previa autorización de la Comisión Académica responsable del programa.

A tiempo completo:

    • Para doctorandos y doctorandas admitidos antes del curso 2023-24 la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, a contar desde su admisión en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral
    • Para doctorandos y doctorandas admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive) la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de cuatro años, a contar desde su admisión en el programa hasta el depósito de la Tesis Doctoral

A tiempo parcial:

    • Para doctorandos y doctorandas admitidos antes del curso 2023-24 la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de cinco años, a contar desde su admisión en el programa hasta la presentación de la Tesis Doctoral
    • Para doctorandos y doctorandas admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive) la duración de los estudios de doctorado será de un máximo de siete años, a contar desde su admisión en el programa hasta el depósito de la Tesis Doctoral

Si estando próximo el plazo establecido no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis, la Comisión responsable del programa podrá autorizar a petición del estudiante una primera prórroga cuya duración depende de la modalidad de estudios y de la fecha de admisión al programa: 

Estudiantes admitidos antes del curso 2023-24:

  • En el caso de los estudios a tiempo completo, una prórroga de un año, y una prórroga extraordinaria de un año más
  • En el caso de estudios a tiempo parcial, una prórroga dos años más, y una prórroga extraordinaria de un año más.

Estudiantes admitidos a partir del curso 2023-24 (inclusive)

  • Para cada una de las modalidades de estudios, a tiempo completo o a tiempo parcial, la Comisión responsable del programa podrá autorizar una única prórroga excepcional de un año.

La solicitud de prórroga deberá dirigirse a la Comisión Académica del Programa en los cuatro meses anteriores a la finalización del límite de permanencia en el programa según su régimen de dedicación.