Anulación de matrícula y devolución de precios de doctorado

Anulación matrícula

La anulación de matrícula de los/as estudiantes de nuevo ingreso supondrá la pérdida de la plaza adjudicada.

 

RENUNCIA

Los estudiantes de nuevo ingreso podrán solicitar la anulación de matrícula por motivos particulares hasta el día 30 de noviembre de 2025. Una vez notificada la anulación, la persona interesada podrá solicitar, de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 de las instrucciones de matrícula, la devolución de los importes abonados por la tutela académica y los complementos formativos (si los hubiera) y, en su caso, por el seguro escolar. No se devolverán los importes correspondientes a servicios de secretaría.

En casos excepcionales de fuerza mayor debidamente documentados, como enfermedad grave del estudiante o de un familiar de primer grado, la Vicerrectora de Estudiantes podrá resolver favorablemente las anulaciones de matrícula presentadas fuera del plazo anteriormente mencionado. Para ello, el/la estudiante deberá solicitar la anulación a través de una instancia general, adjuntando la documentación que justifique la petición. Esta anulación no dará derecho a la devolución de los importes abonados.

 

FALTA DE PAGO

Corresponde al Vicerrectorado de Estudiantes la notificación y ejecución de las acciones que en cada curso académico se establezcan por falta de pago en la matrícula.

 

DENEGACIÓN POR FALTA DE REQUISITOS ACADÉMICOS

Revisadas las matrículas presentadas, las facultades denegarán las que no tengan acreditados los requisitos académicos de acceso y permanencia exigibles para su formalización, lo que se notificará en la dirección electrónica de los/as interesados/as habilitada por la UCM.

Una vez notificada la denegación, podrán solicitar, conforme a lo dispuesto en el apartado 8 de las instrucciones de matrícula, la devolución de los importes abonados por la tutela académica y los complementos formativos (si los hubiera) y, en su caso, por el seguro escolar. No se devolverán los importes correspondientes a servicios de secretaría.

 

DENEGACIÓN POR FALTA DE INSCRIPCIÓN DE LA TESIS DOCTORAL

Se procederá a la anulación de la matrícula de aquellos/as estudiantes de nuevo ingreso que antes del 31 de enero de 2026 no hayan inscrito el proyecto de tesis y firmado el compromiso documental.

No se devolverán los precios abonados por ninguno de los conceptos de matrícula.

 

BAJA EN EL PROGRAMA DE DOCTORADO

Las bajas temporales que se concedan por la Comisiones Académicas de los programas de doctorado conforme a lo establecido en la normativa de permanencia de la UCM a efectos de matrícula y expedientes, quedarán de la siguiente manera:

1) Estudiantes admitidos con anterioridad al curso 2023-24.

-Baja temporal por motivos particulares:

Solo se podrá solicitar a partir del 2º curso de permanencia en el programa y siempre que la primera evaluación hubiera sido positiva. No se podrá solicitar durante la última prórroga.

El plazo de solicitud será con la suficiente anterioridad al inicio del plazo de matrícula y, excepcionalmente, antes del 30 de noviembre de 2025.

Si cuando se autorice la baja por un curso académico completo ya hubiera formalizado la matrícula, de oficio las Facultades dejarán sin efectos la matrícula del curso 2025-26. Se notificará en la dirección electrónica de los/as interesados/as habilitada por la UCM. Contra esta resolución se podrán interponer los recursos previstos en la normativa.

Una vez notificada la anulación, podrán solicitar, conforme a lo dispuesto en el apartado 8 de las instrucciones de matrícula, la devolución de los importes correspondientes a la tutela académica y seguro escolar. No se devolverán los importes correspondientes a servicios de secretaría.

-Baja temporal por causas sobrevenidas:

La duración de la baja será la que derive de la causa que la origina. El plazo de solicitud será cuando se produzca el hecho que cause la baja y el estudiante esté en condiciones de realizar la solicitud.

El/la estudiante deberá formalizar la matrícula y abonar la tutela académica y será evaluado únicamente del periodo en el que ha permanecido en activo.

Cuando el/la doctorando/a tenga concedida una baja temporal por causas sobrevenidas o por fuerza mayor debidamente documentada, tales como enfermedad grave del doctorando o familiar de primer grado, si no deseara ser evaluado podrá solicitar a la Vicerrectora de Estudiantes la anulación de su matrícula sin derecho a devolución.

2) Estudiantes admitidos en el curso 2023-24 o siguientes:

-Interrupción del plazo de duración de los estudios de doctorado:

Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género o cualquier otra situación
contemplada en la normativa vigente interrumpirán el cómputo del plazo límite de duración de los estudios de doctorado.

Cuando el/la doctorando/a tenga concedida una baja temporal por causas sobrevenidas o por fuerza mayor debidamente documentada, tales como enfermedad grave del doctorando o familiar de primer grado y no desea
ser evaluado, podrán solicitar a la Vicerrectora de Estudiantes la anulación de su matrícula sin derecho a devolución.

-Baja temporal en el programa de doctorado por motivos particulares sobrevenidos:

El doctorando podrá solicitar su baja temporal en el programa por motivos particulares sobrevenidos. La duración máxima del periodo de baja temporal será de dos años. En caso de que se soliciten varias bajas temporales de duración inferior, la suma de los periodos de baja temporal no podrá exceder de dos años.

Si la baja solicitada abarca un curso completo y ya hubiera formalizado la matrícula, de oficio las Facultades dejarán sin efectos la matrícula del curso 2025-26 a los/las doctorandos/as a los/las que tengan concedida una baja temporal por motivos particulares. Se notificará en la dirección electrónica de los/as interesados/as habilitada por la UCM. Contra esta resolución se podrán interponer los recursos previstos en la normativa.

Una vez notificada la anulación, podrán solicitar, conforme a lo dispuesto en el apartado 8 de las instrucciones de matrícula, la devolución de los importes correspondientes a la tutela académica y seguro escolar. No se devolverán los importes correspondientes a servicios de secretaría.

Cuando el/la doctorando/a tenga concedida una baja temporal de duración inferior a un curso académico por causas sobrevenidas o por fuerza mayor debidamente documentada, tales como enfermedad grave del doctorando o familiar de primer grado, podrán solicitar a la Vicerrectora de Estudiantes la anulación de su matrícula sin derecho a devolución.


Devolución de precios

 

Causas de la devolución

La devolución de los importes abonados por precios públicos sólo procederá cuando, por causas no imputables al estudiante, no se preste el servicio o no se realice la actividad.

No obstante, a petición de la persona interesada, se podrá resolver favorablemente la devolución de los importes abonados por estudios oficiales de doctorado en los siguientes supuestos:

a) Matrículas denegadas por las Facultades por falta de requisitos académicos, de acuerdo con el apartado 2.3.3 de las instrucciones de matrícula.

b) Anulaciones de matrícula concedidas por las Facultades según lo dispuesto en los apartado 7.1 y 7.5.1 de dichas instrucciones, si procede.

c) Excepcionalmente, por causas de fuerza mayor, sobrevenidas y debidamente documentadas, tales como enfermedad grave del estudiante o de familiar de primer grado.

 

Solicitudes de devolución

Impreso de solicitud 

Deberá remitirse a la Sección de Devoluciones de la UCM por correo electrónico (devmatri@ucm.es).

La resolución de las solicitudes se notificará en la dirección electrónica del interesado habilitada por la UCM.

 

Condiciones de la devolución

Con carácter general, las devoluciones se realizarán mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por la persona interesada, siendo necesario que el/la estudiante sea titular o autorizado/a de la cuenta. En otros supuestos, la devolución se realizará mediante cheque nominativo que se deberá retirar en la Sección de Devoluciones.

En ningún supuesto se devolverán los importes abonados por servicios de secretaría.

Las solicitudes de devolución derivadas del cambio de dedicación de tiempo completo a tiempo parcial para el curso 2025-2026 solo serán autorizadas cuando la solicitud de cambio se haya producido dentro del plazo establecido en la Normativa de Permanencia de los estudios de doctorado que, en todo caso, deberá haber sido autorizada antes del 30 de noviembre de 2025.